Entre otros aspectos recoge que el ámbito de aplicación del seguro de rendimientos estará constituido por aquellas parcelas de viñedos de secano y el seguro de daños por aquellas parcelas de viñedos de secano y regadío de la explotación, destinadas a uva de vinificación enclavadas en todo el territorio nacional, excluyendo las Islas Canarias. El asegurado deberá suscribir la declaración de seguro en el período de suscripción que se iniciará el 1 de octubre y finalizará el 15 de diciembre.